Las cámaras policiales o bodycams (cámaras corporales) resultan de gran utilidad, sobre todo en el ámbito policial —de ahí su nombre—, pero también para las fuerzas de seguridad del estado e, incluso para la seguridad privada. Y es que estas cumplen una importante función a la hora de recabar pruebas de las intervenciones, así como también para vigilar coches y lugares específicos; y por supuesto por su labor disuasoria. Y es que son cámaras visibles que, por lo general, se colocan sobre el pecho y resultan fácilmente identificables por quienes se encuentran cara a cara con los agentes. Ahora bien, ¿es legal el uso de una cámara de policía? A continuación, te explicamos qué dice la ley al respecto. ¡Sigue leyendo!
¿Es legal usar una cámara policial en España?
Lo primero que hay que tener en cuenta es que el uso de las cámaras policiales en España no está reglado de manera específica —a diferencia de lo que ocurre en otros países—. Ahora bien, tampoco se puede afirmar que exista un vacío legal ya que podemos recurrir a otras normativas en vigencia que determinan el uso de estos dispositivos y del resto de cámaras.
Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) y las bodycam policía
La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM), modificada el 29 de junio de 2023, y en concreto su artículo 588, autoriza a la policía (en funciones judiciales) a la grabación de imágenes en espacios públicos con el fin de ayudar a esclarecer los delitos. Las funciones judiciales se realizan en el momento en el que cualquier policía tenga constancia de que se está produciendo un delito. En concreto, para la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas, la captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos, la utilización de dispositivos técnicos de seguimiento, localización y captación de la imagen, el registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y los registros remotos sobre equipos informáticos. Ello aparece estipulado en el artículo 588 bis a. Principios rectores: “Durante la instrucción de las causas se podrá acordar alguna de las medidas de investigación reguladas en el presente capítulo siempre que medie autorización judicial dictada con plena sujeción a los principios de especialidad, idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad de la medida”.
Ley Orgánica 4/2015 y la cámara táctica policial
La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana también se pronuncia en torno a la utilización de una cámara policial de pecho o una cámara corporal policial y, en concreto, lo que dice es que su utilización está permitida, aunque con algunas particularidades. Esto aparece indicado en el Artículo 22. Uso de videocámaras y especifica lo siguiente: “La autoridad gubernativa y, en su caso, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán proceder a la grabación de personas, lugares u objetos mediante cámaras de videovigilancia fijas o móviles legalmente autorizadas, de acuerdo con la legislación vigente en la materia”.
LOPD y la cámara policial
La Ley Orgánica de Protección de Datos es otra de las normativas que regulan la utilización de videocámaras o el bodycam policía. En ella se establece la prohibición de grabar en el interior de las viviendas sin una autorización explícita del morador o una autorización judicial. Pero también la gestión de las imágenes para que estas no puedan ser alteradas ni extraviadas, especificando que los dispositivos de grabación policial deben contar con un software seguro y específico especial para el guardado y manipulación de las imágenes, por lo que se descarta el uso de teléfonos y cámaras de acción en las intervenciones policiales.
Uso de cámaras por la policía: principales ventajas
De todo lo anterior deducimos que la policía sí puede emplear cámaras de vídeo en aquellas circunstancias delimitadas claramente y que resulten de utilidad para esclarecer los delitos (es decir, no pueden estar grabando de manera continuada sin justificación, pero sí en la intervención). Su utilización trae consigo una gran cantidad de ventajas para las fuerzas del estado y algunas de ellas son las siguientes:
- Evitar falsos testimonios y/o acusaciones: Sobre todo en el caso en el que los delincuentes aleguen haber sido agredidos sin causa justificada y al negarse a seguir las indicaciones.
- Otra perspectiva: Los vídeos virales en los que se graba la policía pueden no mostrar la totalidad de los hechos y comprometer la labor de las fuerzas del estado. Una cámara policial de pecho ofrecerá una visión más amplia y fiable de lo ocurrido.
- Protección de los ciudadanos: No solamente resultan de utilidad para proteger a los cuerpos y fuerzas del estado, también a los ciudadanos ya que al ser grabados tendrán pruebas de si la acción realizada por el agente es justificada o no, y en ese caso poder emprender las acciones legales necesarias.
- Función disuasoria: Como indicábamos en la introducción, una cámara policial también cumple una doble función ya que al estar visibles pueden disuadir las malas intenciones de quien se encuentra frente al objetivo.
Cámara corporal policía: principales características
Ahora que ya sabes las ventajas de usar estos dispositivos y los aspectos legales, te explicamos brevemente algunas de las características más destacadas de las cámaras policiales, como las que puedes ver en nuestro modelo de la marca UNMASK PolUltraHD de última generación:
- Grabación de imágenes en 4K Ultra HD ajustable a múltiples resoluciones.
- Sujeciones magnéticas aptas para chalecos.
- Posibilidad de incorporar tarjetas de memoria externa.
- Visión nocturna avanzada de hasta 6-7 metros.
- Amplio campo de visión con su gran angular de 160 grados.
- Durabilidad y resistencia gracias a sus materiales de calidad.
- Pantalla intuitiva de 2 pulgadas fácil de usar y configurar.
- Modo linterna y puntero láser.
- Detección de movimiento.
- Modo foto y micrófono.
- Batería de larga duración.